DERECHO LABORAL
Si te despidieron, te deben dinero o te están forzando a renunciar, tenés derechos. Calculamos lo que te corresponde, te representamos en la conciliación obligatoria y, si es necesario, en juicio. No firmes nada sin asesorarte primero.
PRIMEROS PASOS
Es común que el empleador ofrezca una liquidación final para que firmes la conformidad en el momento. Esa liquidación puede estar incompleta o mal calculada. Una vez que firmás, es muy difícil reclamar diferencias.
CASOS QUE ATENDEMOS
El empleador prescinde del trabajador sin invocar una causa justificada. Te corresponde la indemnización completa.
El empleador invoca una causa que en realidad no tiene la gravedad suficiente. La causa puede ser impugnada.
Si trabajabas sin estar registrado o con fecha de ingreso posterior, tenés derecho a reclamar diferencias.
Si el empleador modifica tus condiciones de trabajo en forma perjudicial, podés considerarte despedido y reclamar la misma indemnización.
La trabajadora embarazada tiene protección especial. El despido dentro del período de protección genera una indemnización agravada.
Si sufrís hostigamiento sistemático, podés intimar al empleador. Si no cesa, podés considerarte despedido y reclamar daño moral.
Si te pagan menos de lo que establece el convenio colectivo o no te liquidan horas extras, podés reclamar las diferencias.
PROCESO
Revisamos tu documentación, calculamos lo que te corresponde y te damos un diagnóstico claro.
Preparamos un telegrama laboral (gratuito para el trabajador) intimando al empleador al pago de las sumas adeudadas.
En CABA, antes del juicio es obligatorio pasar por el SECLO. Te acompañamos y negociamos el mejor resultado posible.
Si no hay acuerdo, iniciamos la demanda ante los Juzgados Nacionales del Trabajo.
La indemnización se deposita en tu cuenta personal.
¿POR QUÉ ELEGIRNOS?
Representamos trabajadores y asesoramos empresas. Conocer la estrategia del empleador nos permite anticipar sus movimientos.
Antes de enviar un telegrama, calculamos con exactitud lo que te corresponde. Un reclamo bien fundado tiene más chances de prosperar rápido.
La mayoría de los casos se resuelven en conciliación. Nuestra experiencia en audiencias de SECLO maximiza lo que cobrás.
Sabés en todo momento en qué estado está tu caso. Te informamos cada novedad relevante.
PREGUNTAS FRECUENTES
La indemnización por antigüedad equivale a un mes de sueldo por cada año trabajado o fracción mayor de tres meses, sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año. A eso se suman preaviso, integración del mes, vacaciones proporcionales y SAC proporcional.
Durante la licencia por enfermedad o accidente inculpable, el empleador no puede despedirte. Si lo hace, te corresponde una indemnización adicional.
No firmes. La renuncia extingue la relación laboral sin indemnización. Si te presionan para renunciar, puede configurarse un despido indirecto con derecho a indemnización completa.
El SECLO es una instancia del Ministerio de Trabajo donde, antes de iniciar un juicio laboral en CABA, las partes intentan llegar a un acuerdo. Es obligatorio y gratuito para el trabajador.
Sí. Podés probar la relación laboral con testigos, transferencias, mensajes, emails, fotos, o cualquier elemento que demuestre que trabajabas para ese empleador.
El empleador puede rescindir sin indemnización por antigüedad, pero te debe preaviso de 15 días, días trabajados, vacaciones proporcionales y SAC proporcional.
La Ley de Bases (2024) extendió el período de prueba a 6 meses (hasta 1 año en microempresas), entre otros cambios. Consultanos para saber cómo te afecta específicamente.
Si te despidieron, te deben dinero o tenés un conflicto laboral, escribinos. Evaluamos tu caso, calculamos lo que te corresponde y te damos un presupuesto sin compromiso.